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Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad

A las personas que padecen temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales, se les debe garantizar la igualdad de oportunidades mediante la eliminación de todas las barreras, sean físicas, sociales o culturales que las excluyen de su plena participación en la sociedad; pues tienen derecho a una vida plena y con dignidad.

Las personas con discapacidad tienen derecho a:

  • Disfrutar de una vida decorosa y ser tratados con dignidad.
  • No ser discriminadas: Ante la ley todas las personas somos iguales y tenemos los mismos derechos. Por eso, no hay ni debe haber alguna ley que restrinja su acceso a la educación, salud, trabajo y convivencia social.
  • Ser incorporadas en actividades para su desarrollo personal, social, educativo, laboral y de salud.
  • Tener las mismas oportunidades laborales de acuerdo a su perfil profesional, técnico y manual.
  • Desplazarse libremente en los espacios públicos abiertos o cerrados (incluso con perros guías).
  • Tener facilidad de acceso y desplazamiento en los espacios laborales, educativos, comerciales, y recreativos.
  • Recibir atención y rehabilitación en establecimientos especializados como el DIF, CREE, SSA, IMSS, ISSSTE, ISSSTEP, Comisión Estatal Coordinadora de Personas con Discapacidad y Departamento de Integración Social del Discapacitado.
  • Que su padre y su madre aseguren su atención rehabilitatoria en  salud y educación.
  • Recibir educación regular o de ser necesario educación especial impartida por la SEP.           

Que se designen y se respeten:

  • Espacios en los establecimientos públicos.
  • Lugares de auditorios, cines, teatros, salas de concierto y conferencias, centros comerciales, recreativos y deportivos.
  • Por lo menos un asiento de cada 10 que haya en el transporte público, además pueden subir con su perro guía.
  • Intersecciones y zonas marcadas de “paso preferencial”.

  • Áreas determinadas y equipamiento apropiado en bibliotecas públicas.

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